Pakistan firmó elprimer Acuerdo Bilateral de Inversiones (ABIs) con el gobierno de la República Federal Alemana hace ya 50 años. Desde entonces, esos tratados han tenido una explosión gigantesca, especialmente durante los años '90.
Los Tratados Bilaterales de Inversión Extranjera (TBIs) tienen por objeto la protección de los inversores nacionales de uno de los países signatarios en lo que se refiere a sus inversiones en el territorio del otro país signatario.
También son conocidos como Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones (APPIs), Acuerdos Bilaterales de Inversión (ABIs) entre otros nombres, aunque sin duda la denominación mas utilizada es BITs (Bilateral Investment Treaties).
Sus antecedentes históricos se encuentran en los Tratados de Amistad Comercio y Navegación firmados en el siglo XIX después de la independencia con nuestros países vecinos: Argentina, Bolivia y Perú.
En el siglo XX, durante los años '60s y '70s existe en Latinoamérica una desconfianza generalizada respecto de la Inversión Extranjera. En ese marco la Organización de Naciones Unidas adopta la Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1962, titulada "Soberanía permanente sobre los recursos naturales" y posteriormente, la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, presentada en la UNCTAD III, de Santiago de Chile en 1972, donde se llegó a señalar que "ningún Estado deberá ser obligado a otorgar un tratamiento preferencial a la inversión extranjera".
A finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI, la realidad es distinta. La UNCTAD ha compilado mas de 1.800 de estos tratados vigentes en la actualidad, al que pueden acceder en este link.
En el caso de Chile, nuestro país ha suscrito 52 de estos tratados, encontrándose vigentes alrededor de 40.
Pueden encontrar su listado detallado y casi todos los textos en la página web de la DIRECON:http://www.direcon.cl/index.php?accion=otros_acuerdos_appi
A este listado hay que agregar los Capítulos de Inversión existentes en ciertos Tratados de Libre Comercio (TLC), que en la práctica constituyen verdaderos TBIs dentro de los TLCs. Este es el caso de los Tratados de Libre Comercio con Japón, Estados Unidos de América, México, Canadá y Corea.
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